Derechos de autor |
Puesto que los autores ceden sus derechos de autor al editor cuando les publican un artículo, deben saber qué les permitirá hacer este con el documento; es decir, no pueden depositar todo lo que quieran. Para saber lo que los editores les permiten hacer, se debe consultar al editor. Encontraremos esta información en Sherpa/Romeo o en Dulcinea para editores españoles. Según estas fuentes, hay cuatro vías posibles para depositar documentos: |
|||
|
|||
Todos estos documentos (u obras, en general) están protegidos por adaptaciones del copyright o por licencias del tipo copyleft. Copyleft obedece a la idea de que cualquier persona pueda ejecutar un programa informático, copiarlo, modificarlo y distribuirlo de forma libre. Está promovida por el proyecto GNU de Richard Stallman y la Free Software Foundation. Para garantizar estos derechos de uso de los programas, se creó la Licencia General Pública de GNU (GPL) y para la documentación relacionada, la Licencia de Documentación Libre de GNU (FDL). |
|||
En esta línea aparecieron las licencias Creative Commons. Las licencias velan por la protección de los derechos del autor. Hay 6 tipos de licencias Creative Commons, todas ellas adaptadas a la legislación del país. Son: |
|||
|
|||
|
|||
|
|||
Si formáis parte de la comunidad UOC y queréis depositar vuestros trabajos en el repositorio institucional de la UOC, os aconsejamos que veáis el siguiente vídeo: |
|||
|
|||
En conclusión, como usuarios de la información debemos ser conscientes de que todos los documentos tienen un autor y que este se debe reconocer y se tienen que respetar sus derechos. La mejor manera de hacerlo es citándolo siempre. Para hacerlo de formaeficiente, podemos utilizar unos programas para gestionar las referencias bibliográficas como por ejemplo RefWorks. |
|||
Como autores de textos (libros, artículos, etc.) tenemos unos derechos que debemos conocer, saber a quién se los cedemos y en qué condiciones. |
|||
|