Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://hdl.handle.net/10609/68595
Título : Derecho al olvido: la discrepancia entre el TJUE y el abogado general en el caso Google Spain (STJUE de 13 de mayo de 2014) en un contexto de reforma normativa
Autoría: Vilasau-Solana, Monica  
Resumen : Se analiza la STJUE de 13 de mayo de 2014 que resolvió una cuestión prejudicial planteada por la AN española relativa a un caso sobre el derecho al olvido. El afectado pretendía que se eliminaran los resultados que el buscador proporcionaba al introducir su nombre en Google. La AEPD accedió a la petición del afectado, si bien la información no se eliminó de su fuente (un periódico). El TJUE resuelve distintas cuestiones planteadas por la AN. En cuanto a la aplicación de la normativa comunitaria, se considera que es aplicable en cuanto a que se trata de servicios dirigidos a ciudadanos de la UE. Asimismo, el TJUE, a diferencia del abogado general, considera al buscador responsable del tratamiento en la medida en que la actividad que realiza permite obtener mediante la lista de resultados una visión estructurada de la información relativa a una persona y llevar a cabo perfiles de los sujetos. El TJUE considera que, dada la gravedad de la injerencia, el mero interés económico del gestor del motor (interés legítimo) no la justifica. El Tribunal de Luxemburgo pondera los derechos de forma diferente que el abogado general. En relación con el ejercicio del derecho de cancelación (cuando el tratamiento no se ajusta a los requisitos de la normativa de protección de datos), entiende que resulta preponderante el del afectado. Asimismo, considera que, frente al buscador (en cuanto responsable del tratamiento), también puede ejercerse el derecho de oposición si el afectado considera que la información publicada pueda perjudicarle. Si bien ello puede vulnerar el interés público de acceso a la información, a juicio del TJUE prevalece el interés del afectado, a excepción de los supuestos en que se trate de personajes públicos que pueden verse sujetos a una mayor divulgación de la información personal. En definitiva, se le da prevalencia al derecho a la protección de datos y se otorga una responsabilidad al buscador que deberá valorar ante los casos que se le planteen, si se dan las circunstancias para eliminar los resultados de búsqueda, a pesar de que sigan manteniéndose en su fuente original.
Palabras clave : derecho al olvido
datos personales
interés legítimo
derecho de cancelación
derecho de oposición
acceso a la información
Tipo de documento: info:eu-repo/semantics/article
Fecha de publicación : 2-jun-2014
Licencia de publicación: http://creativecommons.org/licenses/by-sa/3.0/es/  
Aparece en las colecciones: 2014, n. 18
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