Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://hdl.handle.net/10609/147787
Título : Ley 20/2021 y estabilización del personal de las sociedades mercantiles públicas, entidades públicas empresariales, fundaciones del sector público y consorcios del sector público
Otros títulos : Law 20/2021 and stabilization public companies, public business entities, public sector foundations and public sector consortia
Autoría: Beltran de Heredia Ruiz, Ignasi  
Otros: Universitat Oberta de Catalunya. Estudis de Dret i Ciència Política
Citación : Beltran de Heredia Ruiz, I. (2022). Ley 20/2021 y estabilización del personal de las sociedades mercantiles públicas, entidades públicas empresariales, fundaciones del sector público y consorcios del sector público. Revista de Trabajo y Seguridad Social, (468), 19-45.
Resumen : El propósito de este trabajo es abordar la estabilización del personal de las sociedades mercantiles públicas, entidades públicas empresariales, fundaciones del sector público y consorcios del sector público, tomando como referencia el contenido de la disposición adicional séptima de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. La oportunidad del estudio radica en el elevado número de entidades y personas trabajadoras potencialmente afectadas y las dudas que suscita su aplicación. A partir de la extensión jurisprudencial de los principios de acceso al empleo público a estos entes, el estudio defiende que el personal contratado como «indefinido», sin seguir los citados principios, debe ser calificado como indefinido no fijo y, por consiguiente, junto con el resto de personal con contratos temporales e indefinidos no fijos –declarados o no–, debe someterse al proceso de estabilización que describe la citada ley. El estudio de las circunstancias que ya no motivan la condición de indefinido no fijo (como los casos de reversión ex art. 44 Estatuto de los Trabajadores), así como la naturaleza jurídica de esta controvertida figura, también centran parte del análisis. Y en el segundo caso porque la existencia de cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea cuestionando esta respuesta jurisprudencial frente al abuso en la temporalidad puede condicionar los procesos de estabilización que eventualmente puedan estar en marcha. El trabajo también pone el foco de atención en el impacto de las reformas de 2021 (en el Estatuto Básico del Empleado Público y el Estatuto de los Trabajadores) en estas entidades, así como en las reglas de estabilización comunes (para todos los entes) contenidas en el artículo 2 y las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021 y su posible adaptación a las entidades objeto de estudio.
Palabras clave : sociedades públicas empresariales
estabilización
empleo temporal
indefinidos no fijos
Directiva 1999/70
Ley 20/2021
Real Decreto-Ley 32/2021
Tipo de documento: info:eu-repo/semantics/article
Versión del documento: info:eu-repo/semantics/publishedVersion
Fecha de publicación : 7-may-2022
Licencia de publicación: https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0  
Aparece en las colecciones: Articles cientÍfics
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